Breve elenco delle agevolazioni o dei benefici fiscali attualmente esistenti per le residenze primarie.
10/2/2022
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Breve elenco delle agevolazioni o dei benefici fiscali attualmente esistenti per le residenze primarie.

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Con questo articolo intendo fornire in un unico testo, in modo comprensibile, tutti i benefici o le agevolazioni fiscali che attualmente, secondo la nostra legislazione fiscale, si applicano alle residenze primarie.

Prima di entrare nel merito, ritengo necessario sottolineare il "concetto di residenza abituale", che è specificamente stabilito nella legge sull'imposta sul reddito delle persone fisiche: 

Un edificio è considerato un'abitazione principale se soddisfa i seguenti requisiti: 

  1. Il contribuente deve essere residente per un periodo continuativo di tre anni.
  2. Che il contribuente vi risieda effettivamente e stabilmente entro dodici mesi dalla data di acquisizione. 

Il carattere di abitualità non si perde in caso di morte del contribuente o quando si verificano circostanze che richiedono un cambiamento di indirizzo prima della scadenza del periodo di tre anni. Queste circostanze sono: matrimonio, separazione, trasferimento di lavoro, cambio di lavoro o qualsiasi altra circostanza simile. 

Si considerano dimora abituale fino a due posti auto insieme all'abitazione, anche se non sono stati acquisiti in un unico atto, ma si trovano nello stesso edificio o complesso urbano. 

<fuente>[Concepto de vivienda habitual regulado en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (disposición adicional vigesimotercera); y en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (art. 41 bis)]<fuente>

Chiarito il concetto di ciò che la nostra legislazione fiscale considera "abitazione principale", la cosa interessante è ora individuare i benefici o le agevolazioni fiscali che vi si possono applicare. Per fare ciò, differenzieremo:

  • In ragione del tipo di imposta;
  • In ragione del territorio;

Le agevolazioni fiscali che si riferiscono all'abitazione principale si trovano sia nelle normative statali che si applicano all'intero territorio nazionale, sia nelle normative delle comunità autonome che avvantaggiano solo i contribuenti che risiedono nel loro territorio. Ci concentreremo sulle prestazioni statali (principalmente l'imposta sul reddito delle persone fisiche) e su quelle della Comunità autonoma di Catalogna (altre imposte). Quest'ultima è la Comunità Autonoma in cui attualmente esercito la professione di notaio.


IRPF (imposta sul reddito delle persone fisiche)

Nell'ambito dell'Imposta sul reddito delle persone fisiche esistono diverse agevolazioni fiscali legate all'abitazione principale del contribuente: detrazioni ed esenzioni. Ci sono benefici statali e altri benefici regionali (in questo caso, quelli della Catalogna). 

Cominciamo con le prestazioni statali:

  • Exención de la ganancia patrimonial por la transmisión de la vivienda habitual para mayores 65 años: Están exentas de tributación las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión onerosa o gratuita (compraventa o donación) de la vivienda habitual cuando el contribuyente es mayor de 65 años o se trate de un contribuyente con dependencia severa o gran dependencia. La exención se aplica también para los supuestos de transmisión de la nuda propiedad reservándose el contribuyente el usufructo. No se requiere que el contribuyente adquiere una nueva vivienda.

    <ejemplo>Ejemplo: Marcos adquiere una vivienda el 20/01/1998 por 120.200 €; que ha sido su vivienda habitual. En el año 2021 adquiere una nueva vivienda, vendiendo el 15/09/2020 la mencionada vivienda por 168.200 €. Por lo tanto, la ganancia patrimonial son 48.000 € (diferencia entre precio de adquisición y de transmisión: 168.200 € - 120.200 €).<ejemplo>

    <fuente>[Exención regulada en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 33.4 b).]<fuente>
  • Exención por reinversión de vivienda habitual: Están exentas de tributación las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, cuando el importe obtenido por la venta de la vivienda se reinvierte en la adquisición de una nueva vivienda habitual. Se debe transmitir la vivienda habitual y adquirir una nueva vivienda habitual. Exención que puede ser total, cuando se reinvierte todo el importe obtenido en la venta, o parcial, cuando se reinvierte una parte. La exención no se aplica en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual de manera gratuita, en los supuestos de donación; únicamente en los supuestos de transmisión onerosa, compraventa. La reinversión se puede realizar en el mismo año de la venta de la vivienda habitual o en los dos años posteriores a la transmisión o los dos años anteriores. El plazo de dos años no se puede ampliar por ninguna circunstancia.

    <ejemplo>Ejemplo: Marcos adquiere una vivienda el 20/01/1998 por 120.200 €; que ha sido su vivienda habitual. En el año 2021 adquiere una nueva vivienda, vendiendo el 15/09/2020 la mencionada vivienda por 168.200 €. Por lo tanto, la ganancia patrimonial son 48.000 € (diferencia entre precio de adquisición y de transmisión: 168.200 € - 120.200 €).<ejemplo>

    <ejemplo>El 15/10/2021 adquiere una nueva vivienda que constituirá su vivienda habitual por un importe de 225.000 €. Todo el importe obtenido por la venta, los 168.200 €, se reinvierte en adquirir la nueva vivienda habitual; por tanto, la ganancia patrimonial está exenta de tributación.  Los 48.000 € están exentos de tributación en el IRPF.<ejemplo>

    <fuente>[Exención regulada en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 38.1); y en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 41).]<fuente>
  • Deducción por inversión de vivienda habitual: La deducción por inversión en vivienda habitual está eliminada desde el 1/1/2013; manteniéndose un régimen transitorio en el que se pueden aplicar la deducción aquellos contribuyentes que a fecha 31/12/2012 se estaban aplicando la deducción por inversión de vivienda habitual. La deducción beneficia a aquellos contribuyentes que hayan adquirido o rehabilitado su vivienda habitual, pudiendo aplicarse una deducción de las cantidades satisfechas para la compra o rehabilitación con el límite de 9.040€ anuales. 

    <ejemplo>Actualmente está deducción ya no beneficia a los contribuyentes que compran su vivienda habitual o invierten en su rehabilitación. Sólo se mantiene para aquellos que compraron o rehabilitaron antes del 2013.<ejemplo>

    <fuente>[Exención regulada en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículos 67.1, 68.1, 70.1, 77.1, y 78 de la Ley del Impuesto), en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012 y disposición adicional décimo octava.]<fuente>
  • Deducción por alquiler de vivienda: La deducción por alquiler de vivienda habitual está eliminada desde el 1/1/2015; manteniéndose un régimen transitorio en el que se pueden aplicar la deducción aquellos contribuyentes que a fecha 31/12/2014 se estaban aplicando la deducción. Los contribuyentes podrán deducirse el 10,05 % de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler de la vivienda habitual.

    <ejemplo>Actualmente los contribuyentes ya no se pueden aplicar la deducción por el alquiler de la vivienda habitual; únicamente aquellos contribuyentes que tengan un contrato de alquiler anterior al 2015 se pueden beneficiar de esta deducción.<ejemplo>

    <fuente>[Deducción regulada en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículos 67.1, 68.7 y 77.1 de la Ley del Impuesto), en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2014 y disposición transitoria decimoquinta.]<fuente>

Continuiamo con i benefici regionali (in questo caso ricordo che mi riferisco solo alla Catalogna):

  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual en Cataluña: El importe de la deducción es el 10 % de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente. El importe máximo de deducción es de 300 € en tributación individual o 600 € en tributación conjunta. Para contribuyentes con una base imponible no superior a 20.000 € anuales (o 30.000 € en tributación conjunta). Para poder aplicarse la deducción se debe cumplir uno de los siguientes requisitos: 

    - tener 32 años como máximo;
    - haber estado en paro como mínimo 183 días; 
    - ser viudo o viuda y tener 65 años o más;
    - tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%;

    También pueden beneficiarse de este requisito las familias numerosas, con un máximo de importe a deducir de 600€.

    <ejemplo>Ejemplo: Una pareja joven, de 30 años, viven de alquiler pagando 800 € mensuales. Su base imponible, de cada uno de ellos, no supera los 20.000 €. El total de la renta anual es de 9.600 €, correspondiendo la mitad a cada uno. Se podrán aplicar la deducción autonómica por alquiler de la vivienda habitual. El importe para deducir es el 10% de la renta anual (es decir 480 € cada uno en su renta) pero el importe máximo de deducción es de 300 € cada uno.<ejemplo>

    <fuente>[Deducción regulada en el Decreto Ley 1/2008 de 1 de julio, de medidas urgentes en materia fiscal y financiera (artículo 3).]<fuente>
  • Deducción por rehabilitación de la vivienda habitual: El importe de la deducción es el 1,5 % de la inversión en la rehabilitación; siendo el importe máximo que se puede deducir de 9.040 €.

    <ejemplo>Ejemplo: Un contribuyente ha invertido 62.500€ en obras de rehabilitación de su vivienda habitual (obras en la fachada). El importe de deducción es el 1,5% del coste: 937,5 €. Por lo tanto, en la declaración de la renta se podrá deducir 937,5 €.<ejemplo>

    <fuente>Deducción regulada en el Decreto ley 1/2008, de 1 de julio, de medidas urgentes en materia fiscal y financiera (artículo 3).<fuente>

IP (Imposta sul patrimonio)

Nell'ambito dell'imposta sul patrimonio, l'abitazione principale del contribuente è esente fino a un importo massimo di 300.000 euro. Se l'abitazione principale ha un valore superiore, sarà esentata solo fino a 300.000 euro. È importante notare che questo importo massimo viene applicato per ogni contribuente che possiede l'immobile.

<ejemplo>Ejemplo: Imaginemos que Pedro tiene una vivienda con un valor de 375.000 €. Están exentos los primeros 300.000 €. El exceso, es decir, los 75.000 € formaran parte de la base imponible del Impuesto de Patrimonio de Pedro. Sin embargo, si dicha vivienda perteneciese a dos propietarios (Pedro y Elisa) la cosa cambia. Pues a cada copropietario le corresponde 187.500 €. Y como decíamos la exención de 300.000 € como máximo era por cada propietario. Por lo tanto, no se suma ningún importe por vivienda habitual a la base imponible del contribuyente (ni de Pedro ni de Elisa) en este impuesto.<ejemplo>

<fuente>[Exención regulada en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio (artículo 4.9). Los titulares de derechos de uso y disfrute sobre la vivienda habitual (usufructo) se pueden aplicar la exención; pero no los titulares de la nuda propiedad.]<fuente>


ISD (Imposta di successione)

Nell'ambito dell'imposta di successione, l'acquisto dell'abitazione principale del testatore (cioè del defunto) consente di applicare una riduzione sul valore di tale abitazione. Tale riduzione può essere applicata in caso di acquisto a causa di morte dell'abitazione principale del defunto a favore del coniuge, degli ascendenti, dei discendenti o dei collaterali.

La riduzione è pari al 95% del valore dell'immobile fino a un limite di 500.000 euro. Questo limite deve essere ripartito tra i contribuenti in proporzione alle loro partecipazioni, con un limite individuale non inferiore a 180.000 euro.

Possono beneficiare della riduzione:

  • Coniuge o partner non sposato
  • Discendenti: figli o nipoti
  • Ascendenti: genitori o nonni
  • Collaterali: fratelli, zio, nipote, cugini...

Affinché la riduzione sia applicabile, devono essere soddisfatte le seguenti condizioni:

  1. L'abitazione deve essere la residenza abituale del defunto al momento del decesso. Se al momento del decesso la persona deceduta risiedeva in un'altra abitazione di cui non era proprietaria, sarà considerata residenza abituale l'abitazione che è stata la sua residenza abituale nei dieci anni precedenti il decesso. Questo limite di dieci anni non si applica se al momento del decesso il defunto risiedeva in un centro residenziale o socio-sanitario.
  2. Per poter beneficiare della riduzione, i collaterali del defunto devono avere più di 65 anni e aver convissuto con il defunto nei due anni precedenti il decesso.
  3. El heredero tiene que mantener la vivienda en su patrimonio en los cinco años siguientes a la defunción del causante. Se permite la transmisión de la vivienda sin perder la reducción, cuando se vende la vivienda del causante para adquirir la vivienda habitual del heredero (manteniéndola durante cinco años en su patrimonio) o para amortizar el préstamo o crédito hipotecario concedido al heredero para la adquisición de su vivienda habitual. La subrogación debe producirse en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de la transmisión de la vivienda habitual del causante.

    <ejemplo>Ejemplo: Entre los bienes de la herencia se encuentra la vivienda habitual del causante con un valor de 750.000 € con un único heredero. Si tenemos en cuenta la reducción del 95 % sobre el valor de la vivienda (estaríamos hablando de 712.500 €). Pero la ley fija que el importe máximo a reducir es de 500.000 €.<ejemplo>

<fuente>[Reducción regulada en la Ley 19/2010 de 7 de junio de regulación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (artículos 17 a 19).]<fuente>


ISD (Imposta sulle donazioni)

Nell'ambito dell'imposta sulle donazioni, va notato che essi godono di una riduzione sul valore della donazione: 

  • La donazione a un discendente di un bene immobile che costituisce la prima residenza abituale del donatario.
  • La donazione a favore di un discendente di una somma di denaro per l'acquisto della prima residenza abituale del donatario.

L'importo della riduzione è pari al 95% del valore dell'immobile o dell'importo donato, con un importo massimo di 60.000 euro (tranne nei casi in cui il donatario abbia un grado di invalidità pari o superiore al 65%, nel qual caso l'importo massimo della riduzione è di 120.000 euro). Questo limite (in entrambi i casi) si applica sia che si tratti di una singola donazione che di più donazioni, sia da parte di un unico ascendente che di ascendenti diversi.

<ejemplo>Ejemplo: Padre que dona a su hijo la cantidad de 50.000 € para que adquiera su primera vivienda. Esa donación goza de una reducción del 95 % (es decir, de 47.500 €). Por lo tanto, el impuesto de donaciones a pagar por el hijo será sobre la base de 2.500 €. A un tipo impositivo del 5 %, le saldría a pagar por Impuesto de Donaciones (125 €).<ejemplo>

<ejemplo>Otro ejemplo: Padres que donan una vivienda a su hija valorada en 150.000 €. En este supuesto se presentan dos liquidaciones del Impuesto de donaciones, cada una por la mitad del valor de la vivienda: una como donante el padre y la otra como donante la madre.<ejemplo>

<ejemplo>Liquidación de la donación del padre:<ejemplo>

<ejemplo>Importe donado: 75.000 €<ejemplo>
<ejemplo>Reducción: 95% de 75.000 € = 71.250 € En este supuesto el importe de la reducción supera el máximo, por tanto, sólo se puede aplicar como reducción 60.000 €<ejemplo>
<ejemplo>Base liquidable: 75.000 € - 60.000 € = 15.000 €<ejemplo>
<ejemplo>Tipo impositivo: 5%<ejemplo>
<ejemplo>Cuota: 750 €<ejemplo>

<ejemplo>Liquidación de la donación de la madre:<ejemplo>

<ejemplo>Importe donado: 75.000 €<ejemplo>
<ejemplo>Reducción: no se aplica reducción porque en la liquidación del padre se ha aplicado el importe máximo.<ejemplo>
<ejemplo>Base liquidable: 75.000 €<ejemplo>
<ejemplo>Tipo impositivo: 5%<ejemplo>
<ejemplo>Cuota: 3.750 €<ejemplo>

<ejemplo>Cuota total por pagar: 750 € + 3.750 € = 4.500 €<ejemplo>

Tuttavia, e questo è molto importante, per poter applicare la riduzione devono essere soddisfatti i seguenti requisiti:

  • Donazione a favore dei discendenti: figli, nipoti...
  • L'età del donatore deve essere pari o inferiore a 36 anni; oppure una disabilità pari o superiore al 65%.
  • Il reddito imponibile dell'ultima dichiarazione dei redditi non può superare i 36.000 euro, meno il minimo personale e familiare.
  • Nell'atto pubblico di donazione deve essere espressamente indicato che il denaro è destinato all'acquisto della prima residenza abituale o che l'immobile donato sarà la prima residenza abituale del donatario.
  • La proprietà deve essere acquisita nella sua interezza o in una parte indivisa nel caso di coniugi o futuri coniugi.
  • Nel caso di donazione di denaro: deve essere formalizzata in un atto pubblico; entro un mese dalla data di consegna del denaro. Inoltre, entro tre mesi dalla data di donazione del denaro, deve essere formalizzata la compravendita dell'immobile.
  • L'immobile donato o acquistato con l'importo donato deve essere la prima residenza abituale del discendente.

<fuente>[Reducción regulada en la Ley 19/2010 de 7 de junio de regulación del Impuesto sobre sucesiones y donaciones (artículos 54 y 55).]<fuente>


ITP e AJD (Imposta sui trasferimenti immobiliari e sugli atti giuridici documentati)

Nell'ambito dell'imposta sul trasferimento, cioè l'imposta diretta che ogni cittadino deve pagare quando prende in considerazione l'acquisto di un immobile, esistono le cosiddette aliquote ridotte quando l'acquisto ruota intorno all'acquisizione della residenza abituale dell'acquirente e sono presenti una serie di circostanze aggiuntive.

Giovani: 

L'acquisto e la vendita di un immobile saranno soggetti all'imposta sul trasferimento con l'aliquota ridotta del 5% (invece dell'aliquota generale del 10%) quando i contribuenti soddisfano i seguenti requisiti: 

  • Alla data della vendita hanno 32 anni o meno.
  • L'immobile da acquistare è destinato alla residenza abituale.
  • La base imponibile dell'ultima dichiarazione dei redditi, dedotto il minimo personale e familiare, non supera i 30.000 euro. (Questo è un requisito individuale, per ogni contribuente).

<ejemplo>Ejemplo: Una pareja compra una vivienda, por mitades indivisas, que será su vivienda habitual por un importe de 275.000 €, los dos son menores de 32 años. En su última declaración del IRPF ella tiene una base imponible de 36.000 € y él de 28.000 € (ya restados los mínimos personales y familiares). En la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sólo él se podrá aplicar el tipo reducido del 5% por cumplir todos los requisitos.<ejemplo>

<ejemplo>Liquidaciones por presentar:<ejemplo>

<ejemplo>Liquidación 1 (la de él):<ejemplo>
<ejemplo>Base imponible: 137.500 €<ejemplo>
<ejemplo>Tipo impositivo: 5 %<ejemplo>
<ejemplo>Cuota por pagar: 6.875 €<ejemplo>

<ejemplo>Liquidación 2 (la de ella):<ejemplo>
<ejemplo>Base imponible: 137.500 €<ejemplo>
<ejemplo>Tipo impositivo: 10 %<ejemplo>
<ejemplo>Cuota por pagar: 13.750 €<ejemplo>

Famiglie numerose e monoparentali:

L'acquisto e la vendita dell'abitazione principale di una famiglia numerosa o monoparentale possono essere tassati con l'aliquota ridotta del 5% quando sono soddisfatti i seguenti requisiti: 

  • L'immobile acquistato deve essere la residenza abituale.
  • Il contribuente deve far parte di una famiglia numerosa o monoparentale.
  • En la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 30.000€, descontando el mínimo personal o familiar. (Este importe de 30.000€ se incrementa en 12.000€ más por cada hijo que exceda del mínimo exigido para ser considerado familia numerosa o monoparental).

    <ejemplo>Ejemplo: Una familia numerosa, con cinco hijos, compra su vivienda habitual por un importe de 250.000 €. Las bases imponibles de la unidad familiar, una vez restado el mínimo personal y familiar, es de 51.000 € (32.000 € corresponden al padre y 19.000 € corresponden a la madre). En este supuesto se pueden aplicar el tipo reducido del 5 %; porque el límite de renta está fijado en 54.000 €: 30.000 € de límite general + 24.000 € por superar en dos hijos el mínimo para ser familia numerosa.<ejemplo>

    <ejemplo>Liquidaciones por presentar:<ejemplo>
    <ejemplo>Base imponible: 250.000 €<ejemplo>
    <ejemplo>Tipo impositivo: 5 %<ejemplo>
    <ejemplo>Cuota por pagar: 12.500 €<ejemplo>

    <ejemplo>Si esta misma familia tuviera tres hijos: no correspondería aplicar el tipo reducido por superar el límite de renta de 30.000 €. Límite conjunto, todo y que la madre no lo supere no corresponde aplicar en su liquidación pues es se computa de manera conjunta.<ejemplo>

Disabili:

L'acquisto e la vendita di un immobile saranno soggetti all'imposta sul trasferimento con l'aliquota ridotta del 5% (invece dell'aliquota generale del 10%) quando i contribuenti soddisfano i seguenti requisiti: 

  • Il contribuente o un componente del nucleo familiare deve avere un grado di invalidità riconosciuto pari o superiore al 65%.
  • L'immobile acquistato deve essere destinato a residenza principale.
  • En la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 30.000€, descontando el mínimo personal o familiar. 

    <ejemplo>Ejemplo: Un matrimonio con una hija que tiene reconocido un grado de discapacidad de 70 % compran su vivienda habitual por un importe de 190.000 €. La suma de las bases imponibles de la unidad familiar, descontando el mínimo personal y familiar, es de 28.500 €.<ejemplo>

    <ejemplo>Liquidaciones por presentar:<ejemplo>
    <ejemplo>Base imponible: 190.000 €<ejemplo>
    <ejemplo>Tipo impositivo: 5 %<ejemplo>
    <ejemplo>Cuota por pagar: 9.500 €<ejemplo>

Locazione o affitto di una residenza permanente:

I contratti di locazione di abitazioni ad uso stabile e permanente sono esenti dall'imposta sui trasferimenti. Ciò è stabilito dal Regio Decreto-Legge 21/2018 sulle misure urgenti in materia di alloggi e affitti, articolo cinque. 

<ejemplo>Ejemplo: Contrato de alquiler celebrado entre dos particulares sobre una vivienda por tres años con una renta mensual de 675 €. Si se trata de la vivienda habitual, para su uso estable y permanente, la operación está exenta de Transmisiones Patrimoniales. Si no se trata de la vivienda habitual (una segunda residencia), el arrendatario tributa por Transmisiones Patrimoniales al 0.5% sobre la renta anual por la duración del contrato.<ejemplo>

<fuente>[Regulación: Respecto a las Familias numerosas y discapacidad se refiere la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (artículos 5 y 6). Respecto los jóvenes, se refiere la Ley 31/2001, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (artículo 10). Y respecto a las Familias monoparentales, se refiere a ellas la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del Impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente (artículo 91). Finalmente, respecto a los arrendamientos de vivienda habitual, el Artículo 45 I. B) 26 Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentado.]<fuente>


Plusvalia del muerto (Imposta sull'incremento di valore dei terreni urbani)

Il Regio Decreto Legislativo 2/2004 del 5 marzo, che approva il testo rivisto della Legge Regolatrice delle Tesorerie Locali, all'articolo 108 stabilisce che le ordinanze fiscali possono disciplinare un abbuono fino al 95% dell'imposta totale dovuta per i trasferimenti effettuati per causa di morte a favore dei discendenti e dei figli adottivi, del coniuge, degli ascendenti e dei genitori adottivi. 

Ogni comune può regolamentare i requisiti per l'applicazione di questo sconto nel proprio statuto. Nel caso del Comune di Barcellona:

  • Nel caso di trasferimento mortis causa della residenza abituale del defunto, è possibile applicare un credito d'imposta del 95% all'imposta dovuta quando gli eredi sono discendenti, coniugi o ascendenti. In altre parole, quando la residenza abituale del defunto viene ereditata e gli eredi sono il coniuge, i figli, i nipoti, i genitori o i nonni.
  • Gli eredi che ricevono la proprietà non possono venderla entro tre anni dalla data del decesso. 

Se alla data del decesso il defunto risiedeva in un'abitazione che non era di sua proprietà, si considera residenza abituale l'abitazione in cui ha risieduto nei cinque anni precedenti il decesso, a condizione che tale abitazione non sia stata trasferita a terzi dietro corrispettivo economico.

<ejemplo>Ejemplo: Causante que deja a su viuda la mitad indivisa de una vivienda situada en Barcelona; vivienda que era la vivienda habitual del causante los últimos quince años. El fallecimiento se produce el 2021 y la vivienda fue adquirida el 2006. El valor catastral del terreno es de 54.200 €. El importe por pagar en concepto de plusvalía, en base al método objetivo, por esta transmisión se calcula en base al valor catastral de la parte transmitida, 27.100 €, por el coeficiente correspondiente a los años transcurridos entre la adquisición y la transmisión (coeficiente 0,12 por quince años); y al resultado se aplica el tipo impositivo del 30 %. El importe es 975,60 €. Como el heredero es el cónyuge y no tiene intención de vender la vivienda en los próximos tres años se puede aplicar la bonificación del 95% sobre la cuota:<ejemplo>

<ejemplo>Cuota por pagar: 975,60 €<ejemplo>
<ejemplo>Bonificación: 95 % = 923,82 €<ejemplo>
<ejemplo>Total a pagar: 51,78 €<ejemplo>


Conclusione:

Spero che questo articolo abbia chiarito tutti i vantaggi fiscali che attualmente esistono quando si parla o si fa riferimento all'abitazione principale. Come si può notare, la legge è molto severa e stabilisce i requisiti che devono essere soddisfatti in ogni caso.

Raccomando grande cautela nel caso in cui si cerchi di usufruire di uno dei benefici fiscali sopra descritti, perché l'Agenzia delle Entrate ha un periodo di quattro anni per verificare che i requisiti siano stati soddisfatti. Se il beneficio o l'agevolazione fiscale è stato applicato in modo errato, l'Agenzia delle Entrate stessa emetterà il relativo conguaglio per la differenza dell'importo corretto dell'imposta che avrebbe dovuto essere pagata, più gli interessi di mora e la relativa sanzione.

Jesús Benavides Lima
Jesús Benavides Lima
Notaio di Barcellona

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